QUIEREN SACAR A TRAPITOS Y LIMPIACOCHES DE LA VÍA PÚBLICA
Ayer por la tarde en la Legislatura porteña se debatirán tres proyectos para actualizar las penas a las actividades de “servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios”. Las iniciativas proponen modificar el Código Contravencional y fijan diferencias sustanciales en las sanciones a aplicar.
En el marco de un plenario de las comisiones de Justicia y de Asuntos Constitucionales, se pondrán en tratamiento un proyecto presentado por el jefe de Gobierno en 2025, otro de La Libertad Avanza (LLA) y uno del bloque peronista. La intención es conseguir un dictamen que habilite la sanción en la sesión prevista para el próximo 18 de junio.
El proyecto del oficialismo fija un corte con la actual situación sancionatoria —considerada leve frente al recurrente reclamo de los vecinos y vecinas— y cuenta con la sintonía de LLA, aunque este último bloque propone penas aún mayores. La diferencia la marca la propuesta del peronismo, que plantea diferenciar el nivel de las sanciones para quienes actúan individualmente de quienes lo hacen de forma organizada, apoyándose en datos oficiales y alertando sobre la connivencia policial.
Respecto de la propuesta de Jorge Macri, según se explica en los fundamentos de la iniciativa presentada en marzo de 2025, el objetivo es “prevenir y castigar la conducta de los usualmente llamados cuidacoches o trapitos, cuya ilícita actividad importa una especial afectación de los espacios públicos en los que operan”. El texto sostiene que “estas situaciones revisten especial gravedad cuando se realizan en el marco de eventos deportivos o artísticos de gran concurrencia, o en lugares públicos de disfrute y uso generalizado, lo que funda el aumento de las sanciones pertinentes”.
La actualización de las contravenciones que persigue Jorge Macri estipula que el accionar individual será sancionado con penas de cinco (5) a treinta (30) días de arresto, diez (10) a cuarenta y cinco (45) días de trabajos de utilidad pública o multas de ochocientas (800) a cuatro mil (4.000) unidades fijas. Este monto iría de los setecientos cincuenta y nueve mil pesos ($759.000) a los tres millones setecientos noventa y seis mil pesos ($3.796.000), y se duplicará la penalidad cuando la conducta esté “basada en la desigualdad de género”.
La iniciativa también hace una diferenciación cuando esta conducta se realice “en grandes parques o en oportunidad de eventos masivos”. En estos casos, dentro de un perímetro de treinta (30) cuadras —desde las tres (3) horas antes de su inicio y hasta dos (2) horas después de su finalización—, la pena para “contraventores/as y partícipes es de diez (10) a cuarenta y cinco (45) días de arresto, y el máximo se eleva a sesenta (60) días de arresto para los jefes/as, coordinadores/as, organizadores/as y/o promotores/as”.
En el caso de que la contravención ocurra en un estadio y se pruebe la participación directa o indirecta de personas vinculadas al club, institución u organizador, se sancionará a la entidad con una multa de cinco mil (5.000) a veinte mil (20.000) unidades fijas. Esta cifra va desde los cuatro millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta pesos ($4.743.750) hasta los dieciocho millones novecientos ochenta mil pesos ($18.980.000). A esto se le sumará la clausura de sus instalaciones de quince (15) a sesenta (60) días, sin perjuicio de la responsabilidad de los autores materiales.
Por su parte, La Libertad Avanza presentó su propuesta en marzo de este año. El bloque propone penas más duras que las impulsadas por el jefe de Gobierno e indica que las actuales sanciones resultan insuficientes. Según se desprende de sus fundamentos, “la escala sancionatoria vigente ha demostrado resultar insuficiente frente a su reiteración y a la afectación concreta que genera en la convivencia de todos los porteños”. Mencionan que, en la práctica, “la baja entidad de las sanciones previstas no cumple adecuadamente la función disuasiva que debe tener la norma contravencional, lo que ha contribuido a la consolidación de esta actividad en numerosos puntos de la Ciudad”.
De este modo, queda explicitado en el texto que “el proyecto propone una nueva escala de arresto, multa y trabajos de utilidad pública acorde a la gravedad real de la conducta”, y prevé “un agravamiento específico cuando la conducta se realice con intimidación, persistencia o coacción, o cuando exista organización previa, elevando la responsabilidad de jefes, coordinadores o promotores”.
Esta iniciativa entiende que la actividad contravencional de “cuidado de coches sin autorización reviste, en su expresión más extendida, un carácter eminentemente económico y organizado”. Señala que no se trata de una “conducta aislada del contraventor, sino de la existencia de entramados con organización previa, distribución territorial y lógica de apropiación de espacio público”; es decir, grupos organizados.
Esto implica comprender que, según la visión del peronismo, “su desarticulación efectiva exige, en consecuencia, dirigir el mayor peso de la respuesta estatal hacia quienes coordinan, organizan y se benefician de esa estructura”. Esta postura se sustenta en estadísticas oficiales y agrava la cuestión al poner en relieve la existencia de “la figura de connivencia policial”. El bloque advierte que la “brecha entre la magnitud del fenómeno y la escasa activación de las figuras que apuntan a sus responsables principales evidencia que el marco normativo vigente no está alcanzando a quienes sostienen el entramado”.
Por todo esto, el peronismo se planta en el grado sancionatorio y propone mantener las penalidades actuales de “trabajo de utilidad pública (1 a 2 días) o multa (50 a 300 unidades fijas)” para quienes actúen de forma individual. Afirman estar “convencidos de que la solución de esta problemática no reside en seguir modificando las sanciones de esta figura, sino en abordar el origen del problema: los jefes de las organizaciones, sobre los cuales por lo general no se presta la atención necesaria”.
Asimismo, el proyecto alerta sobre la gravedad que implica la “connivencia de algunos funcionarios policiales con el desarrollo de esta actividad”, definiéndola como “una condición que permite la reproducción de la actividad organizada en el territorio”. El bloque alega que “sin abordar esta dimensión, cualquier endurecimiento de las sanciones contravencionales tendrá un impacto limitado”.
