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SE SANCIONÓ LA “LEY BRISA”

La reparación comenzará a regir desde el momento del procesamiento del femicida. Consiste en un haber jubilatorio mínimo mensual con sus incrementos móviles.

Por unanimidad, la Cámara de Diputados dio este miércoles sanción definitiva a la llamada “Ley Brisa”. La iniciativa que otorga una reparación económica para hijos de víctimas de femicidios o del asesinato de alguno de los progenitores en manos de otro. Recibió 203 votos afirmativos y ninguno negativo.

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Está destinado a personas menores de 21 años o con discapacidad, siendo retroactiva al momento de la comisión del crimen (aunque el delito se hubiera cometido con anterioridad a la sanción de la norma). No obstante, la reparación no tiene un efecto indemnizatorio, ya que se extingue cuando las “víctimas colaterales”, es decir, los hijos de las víctimas fatales de femicidios, cumplen los 21 años.

La percepción de la reparación también se extingue con el sobreseimiento o absolución del progenitor procesado, en cuyo caso “la autoridad de aplicación no podrá reclamar la devolución de los montos percibidos“. Hasta los 18 años, los niños o adolescentes perciben la reparación a través de las personas que estén a su cuidado, mientras que entre los 18 y los 21 los cobran directamente.

En tanto, la reparación es compatible con la Asignación Universal por Hijo, con el régimen de Asignaciones Familiares” y con otras prestaciones sociales de las cuales sean destinatarios. Por otra parte, la iniciativa garantiza a los hijos de víctimas de femicidios una “cobertura integral de salud“.

El proyecto lleva el nombre de “Ley Brisa” en referencia al caso de Brisa Barrionuevo, una niña de cinco años años cuya madre fue asesinada a golpes el 20 de diciembre de 2015 y su cadáver arrojado al río dentro de una bolsa por su marido, quien está detenido. Brisa vive en Moreno junto a su abuelo materno, su tía, y sus hermanos gemelos, Elías y Tobías.

 

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