
PROPONEN CREAR LA FIGURA DE “MERODEO” EN EL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL DE LA CIUDAD
El proyecto de ley fue presentado por el diputado Ramiro Marra y estipula que el merodeo será sancionado con Primera infracción de 500 a 2000 unidades fijas o detención por 48 horas.
La norma estipula que se duplicará la pena y se añadirá trabajo comunitario de entre 2 a 15 días cuando la conducta ocurre en horario nocturno (22:00 a 6:00 horas); se realice en zonas residenciales, comerciales o de alta sensibilidad (escuelas, hospitales, etc.), cuando existan denuncias previas de comportamientos similares por parte del infractor.
Si en el acto de la detención por merodeo se registra algún ilícito en el proceso de constatación de identidad u derivados de la contravención, se juzgará a la persona por el delito más grave.
Marra explicó que el proyecto tiene como objetivo principal fortalecer la prevención del delito y
preservar la tranquilidad pública en la Ciudad.
Finalmente aclaró que la definición propuesta de merodeo contempla a aquellas conductas deambulatorias sin un motivo legítimo aparente, acompañadas de comportamientos que razonablemente permitan inferir una intención delictiva, como observar de forma insistente viviendas o propiedades
ajenas, intentar acceder a zonas restringidas sin autorización o provocar intranquilidad en la comunidad. Al mismo tiempo, se excluyen expresamente las actividades legítimas, como pasear, esperar a alguien o realizar actividades turísticas, resguardando así derechos fundamentales como la libertad de circulación y expresión.