ESTÁN APROBADAS PERO POSTERGAN LA APLICACIÓN DE LAS LEYES DE EMERGENCIA PEDIÁTRICA Y EL FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO
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ESTÁN APROBADAS PERO POSTERGAN LA APLICACIÓN DE LAS LEYES DE EMERGENCIA PEDIÁTRICA Y EL FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO

Este martes, el Gobierno promulgó la Ley N° 27.795, que establece un nuevo régimen de financiamiento para las universidades públicas y la recomposición salarial del personal docente y no docente, y la Ley N° 27.796, que declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud en la República Argentina por un año. Sin embargo, la aplicación de ambas quedó suspendida hasta que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento e incluya las partidas necesarias en el Presupuesto Nacional. Hace un mes ocurrió lo mismo con la Ley de Emergencia en Discapacidad.

Esta decisión fue oficializada en la madrugada de este martes, con la publicación de los decretos 759/2025 y 760/2025 en el Boletín Oficial. Así, el Poder Ejecutivo suspendió la aplicación de las legislaciones, debido al impacto fiscal que, consideran, traería a las cuentas del Estado.

La Ley de Financiamiento Universitario, sancionada tras la insistencia del Congreso pese al veto Presidencial previo, apunta a sostener del presupuesto universitario en todo el país, la actualización de los gastos de funcionamiento y la recomposición de los salarios del personal docente y no docente.

En ese sentido, uno de los puntos centrales de la ley es la actualización automática de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas, que deberán ajustarse bimestralmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

El decreto detalla que, entre el 1° de mayo y el 31 de diciembre de 2024, la variación del IPC fue del 34,89 %, lo que implica un costo adicional estimado de $123.358.213.085 para el ejercicio en curso. Para el año 2025, el costo total estimado de la ley asciende a $1.069.644.600.000, mientras que para 2026 se proyecta en $2.008.377.852.000.

En materia salarial, la ley ordena que los sueldos del personal docente y no docente se actualicen en un porcentaje no inferior al IPC para el período comprendido entre diciembre de 2023 y la sanción de la ley. Al respecto, el Gobierno argumenta que, en ese lapso, los salarios aumentaron un 128,49 %, mientras que la inflación acumulada fue del 220,45 %. Por lo tanto, para equiparar los salarios con la inflación, se debería otorgar un incremento del 40,25 % sobre los básicos liquidados en julio de 2025. Además, la norma dispone que todas las sumas no remunerativas y no bonificables que percibe el personal sean incorporadas a los salarios básicos, lo que representa un aumento adicional del 37,55 % para el personal no docente de determinadas categorías, con un costo estimado de $178.984.054.000 en 2025 y $490.459.716.000 en 2026.

La ley también establece la recomposición y actualización automática de los programas de becas estudiantiles, que deberán ajustarse según la variación del IPC desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley. El crédito vigente en 2025 para la promoción de carreras estratégicas asciende a $33.041.929.460. La actualización de las partidas para cumplir con esto implicaría un costo estimado de $72.840.933.495, para el Programa de Becas Estratégicas Manuel Belgrano y $76.614.000.000, para el Programa de Becas Progresar.

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