
LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO PIDIÓ SE DECLARE LA EMERGENCIA EDILICIA Y SOCIAL EN LOS COMPLEJOS HABITACIONALES DE LA CIUDAD
La ley busca garantizar las condiciones de habitabilidad, seguridad y el abordaje integral para el fortalecimiento de la organización consorcial y comunitaria en el Complejo Habitacional Alvarado, Complejo Habitacional Mundo Grúa I, II y III, Complejo Habitacional Orma I, Complejo Habitacional Osvaldo Cruz, Complejo Habitacional Valparaíso, Complejo Habitacional Santiago de Compostela, y Complejo Habitacional San Antonio.
La iniciativa estipula que el Gobierno de la Ciudad deberá constituir una Comisión Técnica y de Seguimiento que estará integrada por:
El Instituto de Vivienda de la Ciudad, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, y el Ministerio Público Tutelar de la Ciudad con el objetivo de realizar un diagnóstico y monitoreo permanente de las condiciones de mantenimiento y seguridad edilicia, el funcionamiento de ascensores, la limpieza de los tanques de agua centrales del edificio y la limpieza de los espacios comunes de aquellos conjuntos habitacionales que se encuentran en situación de riesgo y vulnerabilidad social, en un plazo no mayor a noventa (90) días corridos a partir de su constitución. En base al trabajo resultante el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá realizar las obras y tareas de mantenimiento que la Comisión determine.