“TRAPITOS”: QUIEREN ENDURECER LAS PENAS
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“TRAPITOS”: QUIEREN ENDURECER LAS PENAS

El legislador de Republicanos Unidos presentó un proyecto para modificar el Código
Contravencional de la Ciudad para sancionar con 5 días de arresto efectivo y multa de quinientas (500) a tres mil (3000) unidades fijas a quienes sin autorización legal ofrecezcan o presten en la vía pública, de manera directa o indirecta, servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios.
Cuando la conducta esté basada en la desigualdad de género, la pena se elevará al doble.
Cuando exista organización previa, la sanción para los/as partícipes es de cuarenta y cinco (45)
días de arresto efectivo y se eleva a sesenta (60) días de arresto efectivo y al cuádruple de la
multa para los jefes/as y/o coordinadores/as.”


En cuanto a prestar servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios sin
autorización legal en grandes parques o en oportunidad de eventos masivos se especifica que Cuando las
contravenciones ocurran en los alrededores de los grandes parques durante los fines de semana o dentro de un radio de hasta treinta (30) cuadras del lugar donde esté programado un evento masivo de carácter deportivo o artístico, desde las tres (3) horas antes de su inicio y hasta (2) dos horas posterior a su finalización, se aplican las sanciones establecidas en el artículo 91 para los casos de organización previa.
El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá disponer, en
coordinación con el Ministerio de Justicia y Seguridad de local u organismo que en el futuro lo
reemplace, teniendo presente las características del evento, de Oficinas Móviles dentro de los
límites geográficos y temporales dispuestos a efectos de recibir las denuncias de particulares.
En caso de tratarse de un estadio y probarse la participación directa o indirecta de personas
vinculadas al club, institución u organizador, se sanciona a la entidad con multa de cincuenta
mil (50.000) a cien mil (100.000) unidades fijas y clausura de sus instalaciones de 15 a 30 días
sin perjuicio de la responsabilidad de los autores/as materiales.”

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