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LOS CONSORCIOS PODRÁN REALIZAR ASAMBLEAS VIRTUALES

La Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor emitió la Disposición N°5313 para que todos los administradores ofrezcan a los consorcistas la posibilidad de realizar sus asambleas de forma digital, con un protocolo específico, que permite ejercer a los vecinos sus derechos y a los administradores cumplir con sus mandatos. Por Ley, administradores y consorcistas deben reunirse al menos una vez al año para aprobar la rendición de cuentas del ejercicio anual. Mediante la tecnología, hoy se puede participar de una reunión desde cualquier lugar, a través de asambleas virtuales, que deben seguir un protocolo donde se detalla como deberá realizarse la convocatoria y las notificaciones electrónicas, que estarán a cargo del administrador.

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