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PIDEN ESTABLECER EL JUICIO POR JURADOS EN LA CIUDAD

Pese a que el juicio por jurados está contemplada en la Constitución Nacional y en la de la Ciudad, aún no se aplica en el distrito capitalino; es por ello que los legisladores de Evolución Leandro Halperín, Inés Gorbea y Juan Francisco Nosiglia presentaron en la Legislatura porteña un proyecto de ley, a través del cual buscarán establecer en la Ciudad esa modalidad y así saldar “una de las más viejas deudas de nuestra democracia”.

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El proyecto cuenta con 73 artículos y sostiene que deberán ser obligatoriamente juzgados por jurados todos aquellos delitos que tengan una pena mínima de ocho o más años de pena privativa de libertad. Para el resto de los delitos, el acusado y su defensor podrán solicitar ser juzgados por un tribunal de jurados y, en caso de existencia de coimputados, la solicitud de uno de ellos en favor de esta modalidad automáticamente obliga a que el juicio se haga por jurados.

De acuerdo a la iniciativa, “el jurado delibera sobre la prueba, se pronuncia en relación al hecho o los hechos sometidos a su deliberación y al delito o los delitos por el cual debe responder el acusado”. Asimismo, para ser integrante del jurado se requerirá: ser argentino, con dos años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados, y tener entre 18 y 75 años de edad; saber leer, escribir, hablar y entender plenamente el idioma nacional; gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos; y tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años en la CABA.

Sin embargo, se encuentran inhabilitados para desempeñarse como miembros del Jurado: “quienes no tengan aptitud física o psíquica suficiente o presenten una disminución sensorial que les impida el desempeño de la función”, “los abogados, escribanos y procuradores matriculados y los profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal”, “los imputados en causa penal dolosa contra quienes se hubiera requerido juicio”, “los condenados a una pena privativa de libertad”, “los incluidos en el registro de alimentantes morosos”, entre otros. Tampoco podrán ejercer ese puesto los funcionarios del Poder Ejecutivo, Judicial y quienes ocupen cargos directivos en un partido político reconocido.

El Jurado se integrará obligatoriamente con doce miembros titulares y, como mínimo, con dos suplentes, quienes serán elegidos mediante un sorteo que se realizará en base a un padrón específico. En todos los casos, el panel de jurados titulares deberá quedar siempre integrado con cinco mujeres y cinco hombres.

Los miembros del Jurado tendrán obligación de denunciar ante el juez por escrito, a través del presidente o en forma anónima, sobre cualquier tipo de irregularidad, presiones, influencias o inducciones que hubiesen recibido para emitir su voto en un sentido determinado. La medida también establece el protocolo de protección para los miembros del mismo y la posibilidad de solicitar una remuneración.

Por otra parte, los legisladores explicaron en los fundamentos de la medida que “el juicio por jurados viene a saldar parte de la falta de legitimación democrática del Poder Judicial, que es visto muchas veces por la ciudadanía como un poder cerrado en sí mismo, con escasos controles sobre su funcionamiento, compuesto por una elite de personas que hacen su trabajo sin dar mayores explicaciones de ello y al cual el ciudadano común no tiene acceso”.

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